Seguridad Social explica a los autónomos cómo deben tramitar las bajas de los empleados a partir de abril
Los autónomos deberán gestionar su baja temporal y la de sus empleados de forma telemática a partir del 1 de abril. La Seguridad Social explica cómo usar los ficheros donde se consulta el estado de la Incapacidad Temporal, tanto para baja, como para el alta, de sí mismo y de sus asalariados.
El próximo 1 de abril entrará en vigor el Real Decreto 1060/2022 que aplica importantes modificaciones a la Incapacidad Temporal de los trabajadores por cuenta propia y cuenta ajena. Principalmente, los autónomos y asalariados tendrán que gestionar su baja y alta vía telemática. La Seguridad Social ha recordado cómo emplear el Fichero INSS Empresas, el nuevo sistema donde los autónomos podrán consultar todos los datos de inhabilitación de sus empleados.
A partir de abril, el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora “tan sólo una copia de este y no será necesario que la persona trabajadora tenga que trasladar una copia” de ese parte a los autónomos que lo podrá descargar del Fichero INSS Empresas”, ha señalado la Seguridad Social.
El nuevo sistema, añadió la Tesorería, funcionará así: “el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por vía telemática”. La segunda gran novedad en el decreto que regula la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal tiene que ver con la comunicación entre las entidades emisoras -el Servicio Público de Salud o las mutuas- y el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). A partir de ahora, todas las notificaciones se realizarán de manera telemática.
Tal y como explicaron desde la Seguridad Social, esta modificación servirá para evitar “trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechar las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.”
Una vez recibida la información, los autónomos podrán consultar los datos a través del fichero. Además, puntualizó la Seguridad Social, cuando la empresa o el empleador no tenga obligación de incorporarse al Sistema RED, las comunicaciones “se realizarán por correo ordinario y por SMS”l Sistema Red es un servicio electrónico de la Seguridad Social que permite el intercambio de documentos entre los autónomos y la Tesorería a través de Internet. Los autónomos o negocios con menos de 25 trabajadores deberán gestionar las bajas y altas de sus empleados a través de FIER, una de las herramientas del Sistema RED.
Como gestionar la baja y alta de los empleados de un negocio a través del Servicio FIER de la Seguridad Social
En Primer lugar, para gestionar los ficheros de baja y alta de un asalariado, el autónomo debe acceder al servicio FIER dentro del Sistema RED de la Seguridad Social. Para ello, desde el navegador de Internet tiene que dirigirse a la página oficial de la Tesorería (https://www.seg-social.es) y dirigirse al especio denominado ‘A un click’.
Acceso al Sistema RED on-line
Una vez ubicada la sección, el afiliado al RETA deberá clicar en el apartado ‘Acceso al Sistema RED on-line’. A continuación, se abrirá una nueva ventana en la que el autónomo tendrá que seleccionar un Certificado Digital incluido en la lista de certificados admitidos. Una vez seleccionado el certificado e introducida la correspondiente contraseña el sistema procederá a autenticar al usuario.