Admitida la pensión de viudedad a una pareja no inscrita por falta de tiempo
El juzgado interpreta de forma flexible la ley de uniones de hecho
n juzgado catalán ha otorgado la pensión de viudedad a una pareja de hecho que no se había inscrito como tal por falta de tiempo. Aunque la legislación obliga a los interesados a estar correctamente registrados, en su sentencia , el tribunal determina que debe analizarse cada caso concreto y decide en esta ocasión hacer una interpretación flexible de la normativa “en atención a las circunstancias que lo rodearon”.
Por último, el juzgado señala que, si la comunidad jurídica catalana tardó tanto en adaptar lo impuesto por el TC en base a que tenían que estudiar todos los matices y consecuencias, “con más razón se debe eximir a esta pareja”.




